Rawson (CH) 6 de octubre del 2021
CONVOCATORIA, ELECCIONES GENERALES
PARTIDO CHUBUT SOMOS TODOS
VISTO:
Los artículos 27 inciso “d” y 60 de la Carta Orgánica Partidaria, la ley nacional N°27.622 y;
CONSIDERANDO:
Que el día 7 de agosto del 2021, finalizaba el mandato de las actuales autoridades partidarias;
Que en el año en curso se superpuso el cronograma electoral nacional con el vencimiento de los mandatos,
dificultando la realización de los actos administrativos de ambos procesos;
Que teniendo en cuenta la ley nacional N°27.622, que autoriza prorrogar mandatos a las agrupaciones
políticas que, no hubieren podido renovar autoridades o el mantenimiento del número mínimo de afiliaciones, por
incidencia de las restricciones sanitarias provocadas por la pandemia del covid-19 u otras causas sobrevinientes;
Que en consonancia el Encuentro de Representantes Provinciales, del 25 de mayo del corriente año, prorrogo
los mandatos de las actuales autoridades partidarias hasta el mes de marzo del año 2022.
Que, en razón de lo expuesto hoy 06 de octubre de 2021 la Junta Central de Gobierno debatió y acordó dictar
el acto de rigor, a los fines de convocar elecciones internas para la renovación de autoridades partidarias, para el día 26
de marzo 2022;
Por ello,
LA JUNTA CENTRAL DE GOBIERNO
CHUBUT SOMOS TODOS
RESUELVE:
ARTICULO 1°- CONVOCAR a Elecciones Generales a los afiliados del PARTIDO CHUBUT SOMOS
TODOS, para el día 26 de marzo del 2022 en el horario de 08 a 18hs, para la renovación de autoridades del
Encuentro Provincial de Representantes, Junta Central de Gobierno y Casas Locales, por un periodo de tres
años contados del 09 de abril del 2022 al 09 de abril del 2025. ————————–
ARTICULO 2°-: Establecer que los cargos a cubrir de acuerdo a la Carta Orgánica, son los siguientes:
ENCUENTRO PROVINCIAL DE REPRESENTANTES: (art.10 inc. a) b) y c) de la Carta Orgánica)
SETENTA (70) CARGOS con la siguiente proporción:
a) Tres (3) miembros titulares y tres (3) miembros suplentes por comarca: Total de veinticuatro (24)
cargos a saber: Comarca de la Meseta Central compuesta por los Departamentos: Cushamen,
Languineo, Gastre, Paso de Indios, Telsen y Mártines; Comarca de los Andes compuesta por los
Departamentos: Futaleufü y Tehuelches; Comarca Senguer- San Jorge compuesta por los
Departamentos: Rio Senguer, Sarmiento, Escalante y Florentino Ameghino; Comarca Virch-Valdes
compuesta por los siguientes departamentos: Biedma, Gaiman y Rawson.———————————-
b) Un (1) miembro titular y un (1) miembro suplente por departamento: Total Treinta (30) cargos a
saber: Biedma, Cushamen, Escalante, Florentino Ameghino, Futaleufú, Gaiman, Gastre, Languiñeo,
Mártires, Paso de Indios, Rawson, Rio Senguer, Sarmiento, Tehuelches y Telsen. ——————–
c) Un (1) miembro titular y un (1) miembro suplente cada cuatrocientos cincuenta (450) afiliados o
fracción mayor a doscientos veinticinco (225), teniendo en cuenta los afiliados de cada Departamento
(art. 10 inc. c) de la Carta Orgánica), a saber:
● Departamento Rawson: Total TRES (3) miembros Titulares y TRES (3) miembros suplentes.
● Departamento Biedma: Total DOS (2) miembros Titulares y DOS (2) miembros suplentes.
● Departamento Escalante: Total DOS (2) miembros Titulares y DOS (2) miembros suplentes.
● Departamento Sarmiento: Total UNO (1) miembro Titular y UNO (1) miembro suplente.
JUNTA CENTRAL DE GOBIERNO: (art.24° de la Carta Orgánica) VEINTICINCO (25) miembros
titulares y diez (10) suplentes: distribuidos de la siguiente manera: al menos UNO (1) por
Departamento (Biedma, Cushamen, Escalante, Florentino Ameghino, Futaleufú, Gaiman, Gastre,
Languiñeo, Mártires, Paso de Indios, Rawson, Rio Senguer, Sarmiento, Tehuelches y Telsen) y no
más de TRES (3) por localidad. Las ciudades que deben estar representadas son las que cuentan con
más de Quince mil (15.000) electores. ————————————————————————
CASA LOCAL: Máximo DIEZ (10) miembros titulares y DIEZ (10) suplentes y/o mínimo de SEIS
(6) miembros titulares y SEIS (6) suplentes (ART. N° 34 Carta Orgánica) de las siguientes
localidades. 28 de Julio, Aldea Apeleg, Aldea Beleiro, Aldea Epulef, Alto Rio Senguer, Atilio Viglione,
Buen Pasto, Camarones, Carrenleufu, Cerro Centinela, Cholila, Colan Conhue, Comodoro Rivadavia,
Corcovado, Cushamen, Dique Florentino Ameghino, Dolavon, El Hoyo, El Maitén, Epuyen, Esquel,
Facundo, Gaiman, Gan Gan, Gastre, Gobernador Costa, Gualjaina, José de San Martin, Lago Blanco,
Lago Puelo, Lagunita Salada, Las Plumas, Los Altares, Paso de Indios, Paso del Sapo, Puerto Madryn,
Puerto Pirámides, Rada Tilly, Rawson, Ricardo Rojas, Rio Mayo, Rio Pico, Sarmiento, Tecka, Telsen,
Trelew y Trevelin.—————————————————————
ARTÍCULO 3°-: A los fines de llevar adelante el acto eleccionario, se utilizará el padrón de afiliados remitido
por la Justicia Federal con Competencia Electoral que se encuentra vigente. ——————————————-
ARTÍCULO 4°-: Si se recibiera parcialmente el padrón de afiliados de la Justicia Federal con Competencia
Electoral, se completará el padrón electoral del Partido con lo presentado oportunamente (art.75 Carta
Orgánica Partidaria), siempre como padrón complementario. —————————————————————
ARTÍCULO 5°-: Las elecciones aquí convocadas se regirán por el Capítulo IV – Sistema Electoral,
artículos 57 al 77 inclusive y concordantes, según corresponda, razón por la cual convóquese y dese
formal intervención a la Junta Electoral partidaria, para ejercer las facultades y competencias reguladas por
la Carta Orgánica Partidaria (artículos 46 al 49). ————————————————-
ARTÍCULO 6°-: Comuníquese al Juzgado Federal con Competencia Electoral y publíquese sesenta (60) días
previos al acto electoral (art.60 Carta Orgánica Partidaria). ——————————————————————
Juan Fernando González Raposeiras Máximo Pérez Catan
Secretario de Actas Presidente